Ayudas al gasóleo de octubre a diciembre de 2026: 25 céntimos por litro para el gasóleo profesional y hasta 1.800 € por vehículo
Las ayudas al gasóleo profesional siguen hasta el 31 de diciembre de 2026. El Real Decreto-ley 25/2026 (BOE del 30 de septiembre) combina una rebaja del impuesto de 20, 13 y 6 céntimos con una ayuda por litro de 5, 12 y 19 céntimos: 25 céntimos por litro cada mes si repostas con tarjeta de gasóleo profesional. Si tu vehículo no tiene ese derecho, puedes pedir una ayuda por vehículo de hasta 1.800 € del 1 de noviembre al 31 de diciembre.
EN ESTE ARTÍCULO:
- Qué aprueba el Real Decreto-ley 25/2026
- Rebaja del impuesto: 20, 13 y 6 céntimos
- Gasóleo profesional: 25 céntimos por litro
- La cláusula de salvaguarda
- Ayuda por vehículo: hasta 1.800 €
- Despidos, plan de movilidad y Bruselas
- La revisión del precio del transporte
- Qué dicen las patronales
- Qué hacer ahora según tu flota
- Preguntas frecuentes
- Conclusión
Qué aprueba el Real Decreto-ley 25/2026 para el gasóleo
El Consejo de Ministros lo aprobó el 29 de septiembre y el BOE lo publicó al día siguiente: Real Decreto-ley 25/2026, de 29 de septiembre. Entra en vigor el 1 de octubre de 2026, justo cuando caducaba el paquete del verano.
Es el tercer paquete del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio. Según La Moncloa, entre los tres el esfuerzo presupuestario ya supera los 12.000 millones de euros.
Para el transporte por carretera, todo cabe en cuatro piezas. Conviene no mezclarlas, porque cada una llega por un camino distinto.
| Medida | A quién | Importe | Cómo llega |
|---|---|---|---|
| Rebaja del Impuesto sobre Hidrocarburos (arts. 13 a 15) | Todo el que reposta gasóleo o gasolina | 20 cts en octubre, 13 en noviembre y 6 en diciembre | En el precio del surtidor |
| Ayuda por litro (art. 28) | Vehículos con derecho a gasóleo profesional | 5 cts en octubre, 12 en noviembre y 19 en diciembre | Transferencia mensual de Hacienda |
| Ayuda directa por vehículo (art. 30) | Vehículos sin gasóleo profesional | De 120 € a 1.800 € por vehículo | Solicitud del 1 de noviembre al 31 de diciembre |
| Devolución ordinaria de 4,9 cts (art. 16) | Vehículos con derecho a gasóleo profesional | 0 € hasta el 31 de diciembre | Suspendida |
Para pagarlo, el decreto abre dos créditos ampliables en Hacienda: 220 millones para la ayuda por litro y 30 millones para la ayuda por vehículo (artículos 29 y 32).
Rebaja del Impuesto sobre Hidrocarburos: 20, 13 y 6 céntimos
El impuesto normal del gasóleo es de 379 € por cada 1.000 litros: 307 de tipo general y 72 de tipo especial, según el artículo 50 de la Ley 38/1992 de Impuestos Especiales. Es decir, 37,9 céntimos por litro.
El decreto lo baja mes a mes:
- Octubre: 144,99 + 34,01 = 179 € por 1.000 litros. Son 20 céntimos menos por litro (artículo 13).
- Noviembre: 201,70 + 47,30 = 249 €. Son 13 céntimos menos (artículo 14).
- Diciembre: 258,40 + 60,60 = 319 €. Son 6 céntimos menos (artículo 15).
La gasolina sin plomo tiene la misma escalera. En la nota de Hacienda, el Gobierno defiende que España ya es el segundo país de la UE donde menos pesan los impuestos en el diésel: un 26,7 % del precio, frente al 39,1 % de media.
Qué notarás de verdad en el surtidor
Un particular nota algo más, porque el IVA se calcula sobre un impuesto más bajo: 20 céntimos de rebaja son unos 24 céntimos con IVA. Una empresa que deduce el IVA nota los 20 céntimos netos, ni uno más.
Y eso, si la gasolinera traslada la rebaja. FENADISMER denunció que en septiembre la bajada fiscal solo se notó unos 6 céntimos los primeros días y que después el gasóleo subió 16 céntimos a lo largo del mes.
El decreto responde con dos cosas. Las estaciones de servicio tienen que colgar en lugar visible el cartel oficial de la Agencia Tributaria con la rebaja (disposición adicional segunda). Y la CNMC tendrá que publicar un estudio sobre la formación de precios y la traslación de las medidas, con un plazo que el BOE fija, literalmente, «antes del 31 de noviembre» (nuevo artículo 28 quater del RDL 7/2026).
Ayuda al gasóleo profesional de octubre a diciembre: 25 céntimos por litro
La ayuda al gasóleo profesional se prorroga para octubre, noviembre y diciembre en el artículo 28. Funciona igual que la del verano, con los artículos 22 y 23 del RDL 18/2026, pero con otros importes.
La cuenta está hecha para que, sumando las dos capas, salga siempre lo mismo:
| Mes | Rebaja del impuesto (surtidor) | Ayuda por litro (transferencia) | Total |
|---|---|---|---|
| Octubre 2026 | 20 cts | 5 cts | 25 cts |
| Noviembre 2026 | 13 cts | 12 cts | 25 cts |
| Diciembre 2026 | 6 cts | 19 cts | 25 cts |
Tienen derecho los mismos de siempre, los del artículo 52 bis.2 de la Ley 38/1992: camiones de 7,5 toneladas o más, autobuses M2 y M3 y taxis con taxímetro.
Son 25 céntimos, pero ganas unos 20 respecto a lo normal
Aquí está la letra pequeña que más se malinterpreta. El artículo 16 fija en cero euros la devolución ordinaria del gasóleo profesional hasta el 31 de diciembre. Esos 4,9 céntimos por litro que cobrabas siempre no llegan este trimestre.
Por eso, frente a un trimestre normal, la mejora real es de unos 20 céntimos por litro, no de 25. Y en octubre, tu ventaja frente a un particular que reposta a tu lado es de solo 5 céntimos: el resto de la rebaja la recibe todo el mundo.
Si quieres el detalle de por qué la ayuda y los 4,9 céntimos no se suman, está en el análisis de los 20 céntimos frente a los 4,9 céntimos.
Cómo se cobra
- Solo con tarjeta gasóleo profesional: pagar con ella es la solicitud de la ayuda. Un repostaje con otra tarjeta o en efectivo no genera nada.
- Vehículo dado de alta en el censo: tiene que estar en el Censo de beneficiarios el día del repostaje. El alta no es retroactiva.
- Transferencia mensual: al cierre de cada mes la Agencia Tributaria (o la hacienda foral en País Vasco y Navarra) calcula la ayuda y la ingresa en la cuenta del censo.
- Silencio a los seis meses: si pasan seis meses desde el fin del mes del repostaje sin pago, la solicitud puede darse por desestimada y ya se puede recurrir.
El paso a paso del censo, la tarjeta y la declaración anual de kilómetros está en nuestra guía completa del gasóleo profesional.
Ejemplo: un camión que gasta 3.000 litros al mes
En octubre ahorra 600 € en el surtidor (3.000 × 0,20) y cobra 150 € por transferencia (3.000 × 0,05). En noviembre, 390 € y 360 €. En diciembre, 180 € y 570 €.
En total, 2.250 € en el trimestre: 1.170 € en el surtidor y 1.080 € por transferencia. En un trimestre normal habría cobrado 441 € de devolución ordinaria. La mejora neta ronda los 1.800 € por camión.
La cláusula de salvaguarda: noviembre y diciembre todavía pueden cambiar
Los importes de noviembre y diciembre no son definitivos. Dependen del IPC del gasóleo: si sube más de un 15 % frente al mismo mes del año anterior, la rebaja del impuesto se mantiene más alta y la ayuda por litro baja en la misma proporción.
| Qué pasa con el IPC | Noviembre (rebaja + ayuda) | Diciembre (rebaja + ayuda) |
|---|---|---|
| No supera el 15 % ni en septiembre ni en octubre | 13 + 12 | 6 + 19 |
| Supera el 15 % en septiembre, pero no en octubre | 20 + 5 | 13 + 12 |
| Supera el 15 % en septiembre y en octubre | 20 + 5 | 20 + 5 |
| Solo supera el 15 % en octubre | 13 + 12 | 20 + 5 |
En todos los casos el total sigue siendo 25 céntimos. Lo que cambia es por dónde entra el dinero: más en el surtidor, al momento, y menos por transferencia, un mes después.
Cuándo lo sabremos
El INE publica el IPC definitivo de septiembre el 14 de octubre, y el de octubre, a mediados de noviembre. Su indicador adelantado ya sitúa la inflación de septiembre en el 4,9 %, empujada por los carburantes.
Nuestra lectura, que no es un dato oficial: con el gasóleo en torno a 1,93 €/litro según la CETM, es probable que la cláusula salte en noviembre. Ya pasó en septiembre: la ayuda anunciada de 20 céntimos se quedó en 5, como explicó Fenadismer.
Ayuda directa por vehículo sin gasóleo profesional: hasta 1.800 €
Si tu vehículo no tiene derecho al gasóleo profesional, la vía es la ayuda directa por vehículo del artículo 30. Es un pago único por cada vehículo, según su tipo y su combustible.
| Vehículo | Importe base | Si salta la salvaguarda |
|---|---|---|
| Camión MDPE de 7,5 t o más con GLP, GNC o GNL | 1.800 € | No cambia |
| Camión MDPE de 7,5 t o más con gasóleo, domiciliado en Canarias, Ceuta o Melilla | 1.800 € | No cambia |
| Camión MDPE de menos de 7,5 t | 399 € | 166 € o 244 € |
| Furgoneta MDLE | 180 € | 75 € o 110 € |
| Ambulancia VSE | 180 € | 75 € o 110 € |
| Autobús VDE o urbano con GLP, GNC o GNL | 975 € | No cambia |
| Autobús VDE o urbano con gasóleo, domiciliado en Canarias, Ceuta o Melilla | 1.000 € | No cambia |
| Taxi de gasolina, Eurotaxi de gasóleo y VTC de gasolina o gasóleo | 120 € | 50 € o 73 € |
La columna de la derecha aplica los coeficientes del artículo 30.3: 0,417 si la salvaguarda salta con el IPC de septiembre y con el de octubre, y 0,611 en los otros dos escenarios de la tabla anterior. Los taxis y VTC de GLP, GNC o GNL cobran 200 €, sin coeficiente.
Canarias tiene su propia fila por una razón: allí no se aplica el Impuesto sobre Hidrocarburos, así que un camión de gasóleo canario no puede acogerse al gasóleo profesional y cobra por esta vía.
Requisitos
- Quién: autónomos y sociedades constituidas en España, titulares el 1 de octubre de 2026 de una autorización VDE, VT, VTC, VSE, MDLE o MDPE y de alta en el Registro de Empresas y Actividades de Transporte.
- Actividad: dada de alta en uno de los epígrafes del IAE que enumera el decreto, entre ellos el grupo 722 (transporte de mercancías por carretera), mudanzas, agencias de transporte y transporte de viajeros.
- Vehículos que no cuentan: los que tienen derecho al gasóleo profesional y los eléctricos de batería, de hidrógeno o de pila de combustible.
La Agencia Tributaria no te pedirá la lista de vehículos: trabaja con el fichero que le envía el Ministerio de Transportes con los datos del registro a 1 de octubre. Merece la pena comprobar hoy que tus autorizaciones y vehículos están bien en la consulta pública del Registro de Empresas y Actividades de Transporte.
Plazos: dos ventanas que se solapan
La ayuda del artículo 30 se pide en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, con el formulario que habilite y la cuenta bancaria para el pago, del 1 de noviembre al 31 de diciembre de 2026. Se paga por transferencia a partir del 1 de diciembre.
Si a 31 de marzo de 2027 no has cobrado, la solicitud puede entenderse desestimada: tres meses desde el cierre del plazo, con recurso de reposición o reclamación económico-administrativa.
Y ojo, porque la ayuda del verano todavía está abierta. La del artículo 25 del RDL 18/2026 se pide hasta el 30 de octubre en el procedimiento DJ36 de la Agencia Tributaria. Son dos ayudas distintas: pedir una no te da la otra.
Cuánto ha ido bajando la ayuda por vehículo
Una furgoneta cobró 300 € en el paquete de marzo. En el del verano la tabla decía 225 €, pero la salvaguarda de septiembre aplicó un coeficiente de 0,667 y la dejó en unos 150 €. Ahora la base es 180 €. El camión pesado de gas, en cambio, vuelve a los 1.800 € de marzo.
Lo que te compromete: despidos, plan de movilidad y visto bueno europeo
Cobrar tiene condiciones. El artículo 36 prohíbe a las empresas beneficiarias de las ayudas directas de este decreto despedir por fuerza mayor o por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción derivadas de la crisis hasta el 31 de diciembre de 2026.
Si lo haces, devuelves la ayuda y el despido se declara nulo. Es el tercer plazo seguido: el primer paquete protegía el empleo hasta el 30 de junio y el segundo, hasta el 30 de septiembre.
El artículo 37 repite la otra obligación: si tu empresa está obligada a tener un plan de movilidad sostenible al trabajo por la Ley 9/2025 y no lo tiene, también hay reintegro.
Y la disposición adicional cuarta recuerda que la plena efectividad de las ayudas depende del marco europeo de ayudas de Estado. Hasta ahora ese encaje se ha hecho con las órdenes HAC/674/2026 y HAC/940/2026, que fijan el límite del 70 % del sobrecoste y la obligación de guardar la documentación diez años.
Las seis situaciones que pueden obligarte a devolver lo cobrado están en cuándo hay que devolver la ayuda al combustible.
Las ayudas no rebajan la revisión del precio del transporte
La disposición transitoria única es corta y muy útil frente al cliente: para calcular la revisión del precio del transporte por la variación del gasóleo no se pueden tener en cuenta las ayudas de los RDL 7/2026, 18/2026 y 25/2026.
Traducido: si tu cargador te dice que «ya te paga el Gobierno» para no aplicar la subida del gasóleo, no tiene razón. El artículo 38 de la Ley 15/2009 obliga a revisar el precio y a desglosarlo en la factura, y el pacto en contrario es nulo.
Oponerse a ese desglose es infracción del cargador, con multas que pueden llegar a 18.000 € con reincidencia: lo explicamos en las multas a cargadores que no repercuten el gasóleo. Para sacar el importe exacto, usa la calculadora del índice de variación del combustible.
Qué dicen CETM, Fenadismer y Astic
Las tres patronales grandes del transporte de mercancías coinciden en que la prórroga es insuficiente, aunque por motivos distintos.
- CETM: valora que se mantengan, pero considera «claramente insuficientes» las cuantías. Cifra el gasóleo en unos 1,93 €/litro, frente a 1,44 € al inicio del conflicto, y reclama el pago inmediato de las ayudas del primer paquete, que muchas empresas siguen sin cobrar.
- FENADISMER: rechaza que parte de la ayuda pase por las gasolineras y exige que todo se transfiera directamente al transportista. Vigilará la cláusula de salvaguarda y pide pagos sin los retrasos de trimestres anteriores.
- ASTIC: califica las ayudas de «decepcionantes e insuficientes», según recoge El Mercantil. Proponía entre 30 y 40 céntimos por litro para el gasóleo profesional y una ayuda propia para los camiones de GNL.
Ninguna de esas peticiones ha entrado en el texto. Lo aprobado repite la fórmula del verano, con un trimestre más.
Qué hacer ahora según tu flota
Si tienes camiones de 7,5 t o más, autobuses o taxis
- Reposta siempre con la tarjeta gasóleo profesional. Cada litro pagado de otra forma es ayuda perdida.
- Revisa el censo: altas de vehículos nuevos, bajas y cuenta bancaria correctas antes de repostar.
- Coteja cada transferencia con tus litros. Si falta dinero, casi siempre faltan litros: te explicamos cómo reclamarlos en por qué te han pagado menos ayuda.
Si tienes furgonetas, camiones ligeros, ambulancias o vehículos de gas
- Antes del 30 de octubre: pide la ayuda por vehículo del verano (DJ36) si todavía no lo has hecho.
- Desde el 1 de noviembre: pide la nueva del RDL 25/2026. Apúntalo ya en el calendario.
- Hoy mismo: comprueba en el registro de transportes que cada vehículo figura con su autorización y su tipo correcto.
Para todos
- Factura la revisión del gasóleo desglosada y no aceptes que te descuenten la ayuda del cálculo.
- Guarda las facturas de combustible con la fecha de cada repostaje: pueden pedírtelas durante años.
- No hagas despidos por causas ligadas a la crisis hasta el 31 de diciembre si has cobrado ayudas directas.
Preguntas frecuentes
¿Cuánto es la ayuda al gasóleo profesional en octubre de 2026?
5 céntimos por litro por transferencia, más la rebaja de 20 céntimos del Impuesto sobre Hidrocarburos que ya viene en el precio del surtidor. En total, 25 céntimos por litro (artículos 13 y 28 del RDL 25/2026).
¿Se suman los 25 céntimos y los 4,9 céntimos de la devolución ordinaria?
No. El artículo 16 del RDL 25/2026 fija en cero euros la devolución ordinaria del gasóleo profesional del 1 de octubre al 31 de diciembre de 2026. Frente a un trimestre normal, la mejora real ronda los 20 céntimos por litro.
¿Cuándo se pide la ayuda por vehículo de 1.800 euros?
Del 1 de noviembre al 31 de diciembre de 2026, en la sede electrónica de la Agencia Tributaria, y se cobra a partir del 1 de diciembre. Los 1.800 € son para camiones de 7,5 t o más de gas o domiciliados en Canarias, Ceuta o Melilla. Una furgoneta cobra 180 €.
¿Puedo pedir la nueva ayuda por vehículo si ya pedí la del verano?
Sí. Son dos ayudas distintas: la del artículo 25 del RDL 18/2026, que se pide hasta el 30 de octubre, y la del artículo 30 del RDL 25/2026, desde el 1 de noviembre. Una no excluye a la otra.
¿Cuándo sabré si la ayuda de noviembre es de 12 o de 5 céntimos?
El 14 de octubre, cuando el INE publique el IPC definitivo de septiembre. Si el IPC del gasóleo supera en más de un 15 % al de septiembre de 2025, la rebaja de noviembre será de 20 céntimos y la ayuda por litro, de 5.
Conclusión
El tercer paquete no sube la ayuda: la alarga hasta el 31 de diciembre con la misma fórmula. Quien tiene gasóleo profesional recibe 25 céntimos por litro repartidos entre surtidor y transferencia. Quien no, tiene dos solicitudes que no puede dejar pasar: la del verano hasta el 30 de octubre y la nueva desde el 1 de noviembre.
Para cotejar cada ingreso hacen falta tres datos en el mismo sitio: los litros de cada tarjeta, los kilómetros reales del tacógrafo y los vehículos de cada autorización. Si ya descargas los ficheros del tacógrafo para calcular dietas y nóminas, esos kilómetros los tienes sin tocarlos a mano: eso es EUROMANAGER, y con él se detecta el litro que falta antes de que caduque el plazo para reclamarlo.
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