Restricciones de tráfico para camiones en diciembre de 2026: Constitución, Navidad y N-230

Oscar Publicado el Actualizado el

Diciembre de 2026 combina seis fechas estatales para mercancías generales de más de 7.500 kg —4, 5, 6, 8, 24 y 31— con el periodo invernal de la N-230. En Navidad y Nochevieja no basta con mirar el festivo: el tramo y el sentido deciden la hora.

Las mercancías peligrosas y los vehículos especiales tienen además su calendario ADR. País Vasco, Navarra y Cataluña añaden reglas propias, y los tramos permanentes siguen cerrados aunque no aparezcan en la tabla mensual.

El mes anterior dejó dos fines de semana de Cheste. Puedes consultarlos en las restricciones para camiones de noviembre de 2026 y tener el año completo en el calendario DGT 2026.

Calendario estatal de restricciones para camiones en diciembre de 2026

La Resolución DGT de 14 de enero de 2026, BOE-A-2026-1255, fija en su Anexo II las fechas y tramos estatales para vehículos de más de 7.500 kg de MMA o MMC. El horario cambia de una carretera a otra.

FechaQué se restringeHorario de referencia
Viernes 4Salidas de Madrid, A-62, N-631, Valencia, A-8 y N-23015:00–24:00 según vía
Sábado 5Salidas de Madrid, A-62 y A-808:00–15:00 según vía
Domingo 6A-8 hacia Bilbao y N-230 hacia Benabarre13:00–21:00
Martes 8Retornos de Madrid, Valencia, Burgos, Jaén y A-809:00–24:00 según vía
Jueves 24N-230 hacia Francia17:00–24:00
Jueves 31N-230 hacia Francia17:00–24:00

La N-230 en diciembre: viernes, domingos y Navidad

El periodo genérico del Anexo II afecta a los tres tramos de la N-230 entre los PK 64,1-116,1, 119,5-120,9 y 133,6-149,2. Los viernes 4, 11 y 18, la franja es de 17:00 a 24:00 hacia la frontera francesa. Los domingos 6, 13, 20 y 27, de 13:00 a 20:00 hacia Benabarre.

El jueves 24 y el jueves 31 repiten el sentido hacia Francia, de 17:00 a 24:00. La excepción habitual permite el desplazamiento a la residencia del conductor, al domicilio del vehículo o a la base de la empresa cuando se cumplen las condiciones del Anexo II.

Puente de la Constitución y la Inmaculada: 4, 5, 6 y 8 de diciembre

El viernes 4 concentra la salida. El Anexo II fija estas líneas: A-6/AP-6 entre los PK 11,65-61,3 y AP-6/A-6 entre 61,3-182, A-1 11,8-50, A-2 18,3-38,7, R-2 17,1-37,5, A-3 13-80,4, R-3 7,3-29,4, A-4 17,3-62, R-4 0-52,5, A-5 15,6-106, R-5 15-30,5, N-6 42,5-62,5 y M-501 4-59,5, todos de 16:00 a 22:00. Además, A-62 113-151 opera de 15:00 a 23:00, N-631 0-57 de 15:00 a 24:00, A-3 275-352 hacia Valencia de 15:00 a 22:00 y A-8 139,2-169 hacia Santander de 17:00 a 21:00.

El sábado 5, A-6/AP-6 11,65-61,3, AP-6/A-6 61,3-182, A-1 11,8-50, A-5 15,6-106, R-5 15-30,5, N-6 42,5-62,5 y A-62 113-151 están restringidas de 08:00 a 15:00. A-2, R-2, A-3, R-3, A-4, R-4 y M-501 tienen franja de 08:00 a 13:00. La A-8 139,2-169 hacia Santander queda de 11:00 a 14:00.

El domingo 6, la A-8 del PK 169 al 139,2 hacia Bilbao queda restringida de 16:00 a 21:00. El martes 8 se suman las franjas de retorno:

Vía y tramo (PK)SentidoHorario
A-1 118,3–11,8; A-2 107–10,8Entrada Madrid16:00–22:00
A-3 177–6,9 y 25–80,4Entrada y salida Madrid16:00–24:00
A-4 122–6,7Entrada Madrid16:00–22:00
A-5 126–11,8 y 15,6–126Entrada y salida Madrid16:00–24:00
A-6 184–123; A-6 123–110; AP-6 110–60,5; A-6 22,3–6,8Entrada Madrid16:00–23:00 en el primer tramo; 16:00–24:00 en los demás
N-6 110–42,5; AP-51 104,8–81,8; AP-61 88,55–61,50; N-110 246–228; N-603 74,9–64Entrada Madrid16:00–24:00
M-501 59,5–0Entrada Madrid16:00–22:00
A-62 151–125Hacia Burgos16:00–23:00
A-1 242–249; AP-1 0–77; N-1 249–321,45 y 329,4–336,2Hacia Vitoria16:00–21:00
A-3 352–292 y 275–352Salida y entrada Valencia13:00–21:00 y 17:00–21:00
A-4 323–230; A-4 230–300; A-44 36–0Madrid, Sevilla y Bailén09:00–22:00
N-631 0–57 y A-8 169–139,2Ambos sentidos; Bilbao07:00–24:00; 16:00–21:00

La AP-1 del PK 8 al 67 hacia Armiñón incorpora el 8 de diciembre una prohibición de adelantamiento de 16:00 a 21:00. Es una medida de conducción, no un cierre de la autopista.

La mercancía general tiene la N-230 restringida hacia Francia de 17:00 a 24:00 el jueves 24 y el jueves 31. La franja se refiere a los tres tramos del corredor indicados arriba, no a toda la red estatal.

El 25 de diciembre es festivo nacional y activa la regla ADR de 08:00 a 24:00. El 24, como víspera de festivo en jueves, activa para ADR y vehículos especiales la franja de 16:00 a 24:00. El 1 de enero de 2027 no se presenta como fecha estatal de la resolución 2026: pertenece al calendario siguiente.

ADR, vehículos especiales y prohibición de adelantar

La regla general del Anexo V cierra para ADR y vehículos especiales los domingos 6, 13, 20 y 27 y los festivos nacionales del martes 8 y el viernes 25, de 08:00 a 24:00. El jueves 24, víspera de Navidad, la restricción va de 16:00 a 24:00. La N-230 tiene además su franja propia el domingo 6, de 13:00 a 20:00.

Si tu comunidad trasladó el festivo del día 6 al lunes 7, allí se encadenan tres festivos (6, 7 y 8). En ese caso el Anexo V restringe el primero solo de 08:00 a 15:00, el último con la franja de festivo y deja libre el del medio. Compruébalo en el calendario laboral de tu comunidad.

El N-433, entre los PK 35,4 y 104,2, mantiene para ADR una restricción de 11:00 a 22:00 los sábados 5, 12, 19 y 26. La AP-1 del PK 8 al 67 hacia Armiñón prohíbe adelantar el 8 de diciembre de 16:00 a 21:00.

Los vehículos especiales sujetos a autorización complementaria deben verificar también las líneas estatales y las reglas autonómicas. Una autorización no elimina automáticamente una prohibición temporal.

País Vasco, Navarra y Cataluña

País Vasco

La resolución vasca BOE-A-2026-2625 fija para mercancías generales de más de 7.500 kg: 4 de diciembre, A-8/N-634/BI-734/BI-3724 y AP-1 según el tramo, de 17:00 a 21:00; 5 de diciembre, en esos corredores, de 11:00 a 14:00; y 6 y 8 de diciembre, A-8/BI-734/BI-3724/N-634 hacia Bilbao, de 16:00 a 21:00. Sus anexos de eventos incluyen además el 24, 25 y 31 de diciembre de 00:00 a 24:00. Para ADR y vehículos especiales rige la regla vasca de domingos, festivos y vísperas.

Navarra

El BOE-A-2026-2147 recoge eventos del 2 de diciembre a las 15:00 hasta el 3 a las 24:00, del 4 a las 15:00 hasta el 5 a las 15:00, del 24 a las 15:00 hasta el 25 a las 24:00 y el 31 de 15:00 a 24:00. El Anexo VI marca el 3 de diciembre como fecha específica ADR. Los transportes especiales con escolta tienen, además, la regla semanal de viernes 15:00 a domingo 24:00. Siguen vigentes las restricciones permanentes de N-121-C, NA-8607 y NA-8608.

Cataluña

En la AP-7 entre PK 84,5 y 281, los conjuntos euromodulares tienen limitación los viernes 4, 11, 18 y 25, de 17:00 a 22:00; sábados 5, 12, 19 y 26, de 10:00 a 14:00; y domingos 6, 13, 20 y 27, de 17:00 a 22:00. La restricción recurrente no es un veto general a todos los camiones.

En los accesos al valle de Arán, la N-230 del PK 116 al 187 y la C-28 del PK 23 al 34 quedan restringidas hacia Francia los viernes 4, 11 y 18 y los jueves 24 y 31, de 17:00 a 24:00; hacia Lleida los domingos 6, 13, 20 y 27, de 13:00 a 20:00, y el martes 8 de 13:00 a 20:00.

Tramos cerrados todo el año

La resolución estatal mantiene, de 00:00 a 24:00, estas cuatro restricciones: N-340 PK 957-997 para vehículos de más de 7,5 toneladas; N-340 PK 1012,2-1058,44 para cuatro o más ejes; N-124 PK 45,99-39 para cuatro o más ejes salvo origen o destino en Haro; y N-232 PK 446,71-330,875 para cuatro o más ejes.

Cataluña añade sus tramos permanentes para más de 26 toneladas en N-II, N-240 y N-340, y la C-153 para más de 7,5 toneladas y transportes especiales. Navarra mantiene NA-8607, NA-8608 y N-121-C en tránsito. Comprueba siempre la señalización del punto kilométrico concreto.

Sanciones por circular en horario restringido

El incumplimiento de una ordenación especial de tráfico es infracción grave conforme al artículo 76.c del RDL 6/2015. El artículo 80.1 establece una multa de 200 €; con el pronto pago del artículo 94, dentro de 20 días naturales, queda en 100 €. En los supuestos previstos por el artículo 81 puede alcanzar 260 €.

No hay detracción de puntos por esta infracción. Sí puede haber inmovilización hasta el fin de la franja y costes derivados del retraso.

Preguntas frecuentes

¿Qué fechas estatales tienen restricciones en diciembre?

El Anexo II cita el 4, 5, 6, 8, 24 y 31 de diciembre. Además, la N-230 tiene un periodo genérico de viernes y domingos con sus propias franjas.

¿El 24 de diciembre está restringida toda España?

No. Para mercancía general, la fecha estatal afecta a los tres tramos de la N-230 hacia Francia, de 17:00 a 24:00. Para ADR y vehículos especiales, la víspera activa la franja de 16:00 a 24:00 conforme al Anexo V.

¿El 31 de diciembre tiene una prohibición ADR estatal?

La resolución estatal 2026 no lo presenta como fecha ADR específica. Sí restringe la N-230 hacia Francia de 17:00 a 24:00. El 1 de enero de 2027 debe revisarse con la resolución del año siguiente.

¿Puede circular un euromodular por la AP-7 catalana?

La resolución catalana limita su circulación en el tramo PK 84,5-281 los viernes, sábados y domingos con las franjas indicadas. No es un veto idéntico para todos los camiones: hay que identificar la categoría del conjunto y las exenciones aplicables.

Conclusión

Diciembre exige cruzar tres calendarios: la tabla estatal, el periodo invernal de la N-230 y las reglas autonómicas. Navidad y Nochevieja no son un cierre nacional uniforme, sino una combinación de vías y horas que hay que llevar al plan de ruta.

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Europa ITS · Noticias

Artículo publicado el 18 de octubre de 2026 y actualizado el 18 de octubre de 2026 por Oscar.

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